Datos personales

Mi foto
Toquepala, Tacna, Peru
(SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE OPERACIONES DE TOQUEPALA Y ANEXOS) SINDICATO DE RECIENTE CREACIÓN (NOV.2006), CONFORMADO POR TRABAJADORES DE OPERACIONES DE LA MINA DE TOQUEPALA, DE PROPIEDAD DEL GRUPO MEXICO. SUS PRINCIPIOS SE FUNDAN EN LA SOLIDARIDAD, JUSTICIA SOCIAL, TRABAJO DECENTE, DERECHOS SOCIALES Y ECONOMICOS, UNIDAD SINDICAL INTERNACIONAL, ALIANZA SOCIAL, ENTRE OTROS; Y SU LUCHA PERMANENTE AL LADO DEL PUEBLO.

jueves, 23 de mayo de 2013

Comunicado emitido en el Campamento Minero de Toquepala el 18 de Mayo del 2013

SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE OPERACIONES DE TOQUEPALA Y ANEXOS
RECONOCIDO EL 09 DE NOVIEMBRE DEL 2006 POR DECRETO SUB DIRECTORIAL Nro. 273-2006-SDNC-TAC
COMUNICADO Nº 007/2013/SUTOTA

TRABAJADORES NO TIENEN POR QUÉ PASAR EL “EXAMEN PARA ASCENSO A GRANDES ALTITUDES” EL ÚLTIMO DÍA DE VACACIONES

La Junta Directiva se dirige a todos sus afiliados y comunidad en general para manifestar lo siguiente:
 
Compañeros, el día 16 de Mayo por la mañana, en la mina de Toquepala y con la presencia del nuevo gerente, se les comunico a los trabajadores que debían pasar la denominada “Evaluación Medica para Ascenso a Grandes Altitudes” un día antes de incorporarse a trabajar cuando regresen de vacaciones y que deberían venir en los buses con el documento de aprobación correspondiente para laborar, causando con este anuncio la protesta de los trabajadores en general así como de los dirigentes de nuestra Organización Sindical, inmediatamente NOS COMUNICAMOS CON EL DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORES Y SE NOS INDICÓ QUE NO TENÍAN CONOCIMIENTO DE ESTOS ANUNCIOS, posteriormente NOS COMUNICAMOS CON EL gerente DE LA MINA Y DE UNA MANERA POR DEMÁS SOBERBIA INDICO QUE DEBERÍAMOS COMUNICARNOS CON EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL, PUES ESOS ASUNTOS ÉL NO LOS DISCUTE POR TELÉFONO, o sea tira la piedra y luego quieren que otros respondan por ellos, pero SI ESTE gerente QUIERE ESO, ENTONCES TODO LO HAREMOS VÍA DOCUMENTO CON LA INTERVENCIÓN DE RELACIONES LABORALES O EN LOS ÓRGANOS GUBERNAMENTALES CORRESPONDIENTES, nosotros hemos tenido la política de solucionar muchos problemas antes de que lleguen a mas, esto se daba con los gerentes anteriores, pero si este gerente quiere eso, no hay problemas, también allí sabemos solucionar los problemas.
 
ANTE LA SOBERBIA BURGUESA DEL NUEVO gerente NOSOTROS LES ANTEPONEMOS NUESTRA HUMILDE EXPLICACIÓN a los trabajadores y a la vez al gerente de Mina, para que entienda lo siguiente:
 
Los trabajadores nos relacionamos con nuestra empleadora teniendo en cuenta un marco legal, ESE MARCO LEGAL DEBE SER RESPETADO POR EL EMPLEADOR ASÍ COMO POR LOS TRABAJADORES (eso no quita que los trabajadores pugnemos por ensanchar ese marco) además de ello existen los Convenios Colectivos que son, como se dice, ley entre las partes, así tenemos que LOS PROCEDIMIENTOS QUE ELABORE CUALQUIER DEPARTAMENTO EN EL EMPRESA, DEBEN ADECUARSE AL MARCO LEGAL EXISTENTE, de ninguna manera podría existir un procedimiento que indique que el trabajador debe pasar su “Evaluación Médica para Ascenso a Grandes Altitudes” un día antes de concluir su periodo vacacional, o dentro de su periodo vacacional, así sean minutos antes de su jornada ordinaria, pues en ese momento (periodo vacacional) el trabajador no está bajo la dirección del patrón, POR TANTO NO ESTÁ OBLIGADO ACATAR CIERTAS DISPOSICIONES QUE INVOLUCREN EL RECORTAR SU DERECHO AL DESCANSO, A LAS VACACIONES, por tanto el gerente de operaciones debería saber que los trabajadores no tenemos la obligación de interrumpir nuestro periodo vacacional para someternos a un examen médico para que él “produzca” más y quede bien con sus jefes y además de que este examen lo hacemos dentro del periodo de labor, es decir a partir de las 7:30am o 7:30pm según la hora de ingreso del trabajador, así que A TODOS LOS TRABAJADORES LES DECIMOS QUE EN MODO ALGUNO SE SOMETAN A ESTE EXAMEN UN DÍA ANTES DE INGRESAR, que vea ese gerente lo que hace, que ponga “combis” esperando a los trabajadores en el hospital si quieren que lleguemos rápido, pero en modo alguno pasaremos esos exámenes en periodo vacacional.
 
Esto nos trae a colación lo siguiente, nosotros siempre hemos manifestado que en temas de seguridad y salud, es muy fácil descubrir a la empresa, sus representantes y sus políticas hipócritas de seguridad que solamente están en el papel y que no se aplican en la práctica porque precisamente PARA LA EMPRESA Y SUS FUNCIONARIOS, ENTRE SEGURIDAD Y PRODUCTIVIDAD, PRINCIPAL ES LA PRODUCTIVIDAD, y dado que es así en el fondo, así también actuaran en la práctica, por ejemplo, el nuevo gerente de la mina, cree que con venir a las 5:00am y preguntar primero por radio (para que los trabajadores escuchemos) a su supervisión “¿hay algún reporte de seguridad?” nosotros, los “ingenuos” trabajadores ¿le vamos a creer el cuento de que a él le preocupa la seguridad ante todo?, si fuera así entonces no tendría ningún inconveniente de que los trabajadores seamos sometidos a estos exámenes médicos dentro de la jornada de trabajo, por otro lado, ya nos habrían dado los mamelucos “térmicos” a los trabajadores, ya hubieran hecho poner los alerones laterales a las tolvas de los volquetes para evitar que las piedras producto del carguío en las palas caigan bajo el volquete, ya hubieran prohibido que un operador de tren controle su locomotora con el control remoto mientras que al mismo momento controle la descarga del mineral en las tolvas 1 y 2 con otros controles, en el ámbito laboral ya estaría exigiendo que sinceren las categorías de los trabajadores que manejan volquetes y que siguen siendo obreros sin que les paguen siquiera reemplazos, entonces ¿BASTA CON PREGUNTAR “HAY ALGÚN REPORTE DE SEGURIDAD”, A LAS 5:00AM PARA QUE NOS TRAGUEMOS EL CUENTO DE QUE A ESTE gerente LE INTERESA REALMENTE LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES? NO PUES COMPAÑEROS, las palabras tienen que ir necesariamente acompañado de hechos, de muestras, sino son solo eso, palabras, en síntesis podemos decir que “si hay algunos funcionarios que andan pensando en pajaritos, este gerente anda pensando en caballos”.
 
Posterior a este incidente nos hemos comunicado con el superintendente de la mina, y nos ha indicado que el problema es que la producción ha caído considerablemente en Toquepala, que Cuajone viene produciendo más que Toquepala y que requiere que los trabajadores colaboremos para hacer más productiva la mina de Toquepala pues estamos atrasados con la producción, ESTE LLAMADO A LOS TRABAJADORES DEL SUPERINTENDENTE DE MINA ES MÁS RAZONABLE QUE LA SOBERBIA DEL gerente DE LA MINA, los trabajadores ponderaremos adecuadamente esto.
 
ALGUNAS CUESTIONES SOBRE EL MOVIMIENTO SINDICAL EN SOUTHERN PERÚ
Compañeros, todos tenemos conocimiento de los problemas que tenemos los trabajadores en Southern Perú, tras la creación de la Gerencia de Tercerización y el anuncio de que el departamento de lubricación sería el primer departamento tercerizado, el no cumplimiento del Convenio Colectivo por parte de Southern Perú, el descuento desproporcionado que se hizo a fines de abril por el Impuesto a la Renta, hoy se suma los problemas por la contaminación que se viene dando en Ilo y ya hay voces que hablan de un cierre de la fundición y la refinería de cobre de Ilo en el 2020, pero no hay nada oficial aun respecto a esto último, pero ya es un signo de alarma, por nuestra parte SE COORDINÓ UNA REUNIÓN CONJUNTA DE LOS 4 SINDICATOS (SUTOTA, STTA, SUT Cuajone y SUT Ilo) PARA EVALUAR LAS ACCIONES A TOMAR DE MANERA CONJUNTA, pues a nadie se le ocurriría que podamos iniciar una paralización de manera aislada contra Southern Perú, pues lo que necesitamos en estos momentos es sumar, no aislarnos, sin embargo A LA PRIMERA CONVOCATORIA REALIZADA POR AL SUT DE ILO QUE FUE PARA EL DÍA JUEVES 09 DE MAYO TAMBIÉN EN LA CIUDAD DE ILO, SOLO ASISTIERON DOS SINDICATOS EL SUT DE ILO Y EL SUTOTA, al no participar los otros dos Sindicatos, se optó por postergar dicha reunión y reprogramarla para el día martes 14 de Mayo, SIN EMBARGO EN ESTA NUEVA CONVOCATORIA EL RESULTADO FUE EL MISMO, ES DECIR EL MARTES 14 DE MAYO SOLO ASISTIERON DOS SINDICATOS EL SUT DE ILO Y EL SUTOTA, lamentablemente no se puede tomar acciones conjuntas si existe este accionar por parte de algunos gremios, esto impide la acción conjunta, sin embargo en esta reunión que se realizó el día marte 14 se acordó enviar un documento al Ingeniero Oscar Gonzales Rocha pidiendo una reunión con los Sindicato para tocar como punto de agenda el tema de la tercerización. ESPERAMOS QUE ESTA SITUACIÓN SE REVIERTA PRONTO Y EN UNA PRÓXIMA CONVOCATORIA ESTEMOS TODOS JUNTOS PARA PODER LLEGAR A UN ACUERDO EN LAS ACCIONES A TOMAR.
 
A PEDIDO DE ALGUNOS TRABAJADORES ACLARAMOS ALGUNOS PUNTOS DEL CONVENIO COLECTIVO
  • PAGO POR ALIMENTACIÓN Y REFRIGERIO.- Algunos trabajadores se han acercado a nuestro Sindicato a preguntar sobre los S/. 400 soles por “pago por alimentación y refrigerio”, la duda está en que si estos S/ 400 soles son sujetos a asistencia, al respecto queremos aclarar los siguiente: En el convenio colectivo se establece que el trabajador puede elegir “…entre el “pago por alimentación y refrigerio” de S/. 400 soles mensuales o continuar recibiendo la entrega de “alimentación Caliente” en la misma forma que lo venía recibiendo…”, cuando dice “en la misma forma que lo venía recibiendo” se refiere a la Alimentación Caliente, esto en caso que el trabajador opte por la comida, y cuando más abajo la cláusula dice “este pago es sujeto a asistencia” SE REFIERE AL PAGO QUE SE HACE CUANDO EL TRABAJADOR OPTA POR LA COMIDA, es decir te dan comida cuando laboras de día y la diferencia hasta S/. 178.62 te la pagan cuando estas de amanecida pero no cuando está en descanso, pero EN EL CASO DE LOS S/. 400 SOLES DE ALIMENTACIÓN Y REFRIGERIO NO ESTÁ SUJETO A ASISTENCIA, por tanto SI EL TRABAJADOR OPTÓ POR ESTE BENEFICIO DEBERÁ RECIBIR LOS 400 SOLES MENSUALES INDEPENDIENTEMENTE DE LA ASISTENCIA, esos S/. 400 soles se dan por el simple hecho de que el trabajador a elegido dejar de lado la alimentación caliente, por tanto reiteramos, LOS S/. 400 SOLES MENSUALES NO TIENEN COMO CONDICIONANTE LA ASISTENCIA DEL TRABAJADOR o lo que es lo mismo, no se paga proporcionalmente a la asistencia. Esperamos haber aclarado las dudas de los compañeros que se han acercado a nuestro Sindicato haciendo esta pregunta.
  •  
  • BONIFICACIÓN SOUTHERN PERÚ.- Algunos trabajadores se han acercado al Sindicato para preguntar sobre esta bonificación, al respecto les decimos lo siguiente: Este Beneficio fue pactado entre nuestro Sindicato y la empresa el año 2007 y en ese entonces se pactó por S/. 73.50 mensual y obviamente ese monto inicial ha venido incrementándose en estos años, llegando hoy a superar los S/. 80 soles mensuales; por otro lado hay que tener en cuenta que al ser el SUTOTA, en el momento de esa firma, era un Sindicato nuevo, y por tanto se puso como referencia que este beneficio, para el caso de los empleados reemplazaba a la compensación mensual y a la compensación por artículos de higiene, esto para hacer referencia que el monto obtenido era la suma de estos dos beneficios, que como reiteramos no existía en el SUTOTA como tales por ser un Sindicato nuevo y presentaba recién su primer Pliego de Reclamos, y como dicen nuestro asesores, “la equivalencia cuantitativa no es identidad cualitativa”, en síntesis tenemos que “el beneficio “reemplazado” se extingue y el beneficio reemplazante adquiere existencia y vigencia”, ahora tenemos que este beneficio fue pactado como fijo y permanente tal como lo indica nuestra cláusula 55 del Convenio Colectivo 2006 – 2012, por tanto ES UN BENEFICIO QUE NO SE EXTINGUE A MENOS QUE LAS PARTES DECIDAN HACERLO, pero ambas partes, no de manera unilateral y EN ESTE CONVENIO COLECTIVO 2012 – 2015 NO SE HA RENUNCIADO A ESTA CLÁUSULA NI SE HA MODIFICADO y como dice la norma DS-010-2003-TR Art. 43 “…d) Continua rigiendo mientras no sea modificada por una convención colectiva posterior, sin perjuicio de aquellas cláusulas que hubieran sido pactadas con carácter permanente o cuando las partes acuerden expresamente su renovación o prorroga total o parcial…”, por tanto la empresa debe seguir pagando este beneficio a los trabajadores afiliados al SUTOTA, de no hacerlo entonces haremos respetar nuestro derecho por las vías idóneas. Esperamos haber aclarado las dudas de nuestros afiliados.
¡POR LA UNIDAD SINDICAL!
Toquepala, 18 de Mayo del 2013
LA JUNTA DIRECTIVA

No hay comentarios:

Publicar un comentario