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Toquepala, Tacna, Peru
(SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE OPERACIONES DE TOQUEPALA Y ANEXOS) SINDICATO DE RECIENTE CREACIÓN (NOV.2006), CONFORMADO POR TRABAJADORES DE OPERACIONES DE LA MINA DE TOQUEPALA, DE PROPIEDAD DEL GRUPO MEXICO. SUS PRINCIPIOS SE FUNDAN EN LA SOLIDARIDAD, JUSTICIA SOCIAL, TRABAJO DECENTE, DERECHOS SOCIALES Y ECONOMICOS, UNIDAD SINDICAL INTERNACIONAL, ALIANZA SOCIAL, ENTRE OTROS; Y SU LUCHA PERMANENTE AL LADO DEL PUEBLO.

viernes, 23 de abril de 2010

Comunicado emitido en el Campamento Minero de Toquepala el dia Jueves 22 de Abril del 2010

SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE OPERACIONES DE
TOQUEPALA Y ANEXOS

RECONOCIDO EL 09 DE NOVIEMBRE DEL 2006 POR DECRETO SUB DIRECTORIAL Nro. 273-2006-SDNC-TAC
http://sutota-toquepala.blogspot.com/

COMUNICADO Nº 007/2010/SUTOTA
CLAUSULA 56: EXTENSIÓN DE BENEFICIOS

La junta directiva se dirige a todos sus afiliados y comunidad en general para manifestar lo siguiente:

Compañeros, desde que iniciáramos la convención colectiva 2006 – 2012, ASUMIMOS QUE ERA NECESARIO UNA CLAUSULA QUE NOS GARANTIZARA SIEMPRE GANAR MÁS O IGUAL PERO NUNCA MENOS QUE OTRAS ORGANIZACIONES SINDICALES DE SOUTHERN PERÚ, máxime si se tiene en cuenta que los puntos negociados desde esa fecha serian de carácter fijos y permanentes, es decir para siempre; es así que incluimos en nuestro convenio Colectivo la clausula 56: Extensión de Beneficios, que a la letra dice lo siguiente:

CLAUSULA 56.- EXTENSIÓN DE BENEFICIOS
En caso que otras organizaciones sindicales de Southern Perú y del mismo ámbito de los sindicatos consigan mediante resolución de la Autoridad del Ministerio de Trabajo y/o por acuerdos convencionales, mayores beneficios, estos serán extensivos a los obreros y empleados de Southern Perú a quienes se aplique el siguiente convenio.


De lo anterior se desprende que SI OTRA ORGANIZACIÓN SINDICAL CONSIGUE MAYORES BENEFICIOS (ojo, dice mayores beneficios, no dice mayores beneficios que los de nosotros, dice simple y llanamente mayores beneficios) ÉSTOS SE HARÁN EXTENSIVO A NUESTROS AFILIADOS; es así que por ejemplo, SI ALGUNA ORGANIZACION CONSIGUE ALGUNA VIGENCIA QUE SE CONSIDERE UNA MEJORA, ENTONCES EN LA MISMA PROPORCIÓN TENDRÁN QUE HACERSE EXTENSIVO PARA NOSOTROS, es decir, poniendo un ejemplo concreto, si otra Organización Sindical de Southern Perú consigue una vigencia por ejemplo diciembre, dado que hay una mejora de tres meses, entonces nosotros debemos tener la misma mejora en proporción, es decir nuestra vigencia tendría que ser setiembre; ESA ES NUESTRA POSICIÓN, LA EMPRESA PUEDE TENER OTRA, Juanito otra, Pedrito otra, Robertito otra, pero nosotros tenemos esta posición y SI NO NOS PONEMOS DE ACUERDO ENTONCES LOS TRIBUNALES TENDRÁN QUE DEFINIR, así de sencillo es el asunto, la misma posición tenemos en cuanto a bolsa y todo lo que se considere mejora.

En su momento fuimos duramente criticados por incluir esta clausula en nuestro convenio, decían que no era digno, que era oportunista, etc., pero nosotros comprobamos que es muy buena porque inclusive se la imita, por ejemplo sabemos que en el convenio colectivo que se viene discutiendo, los compañeros la han incluido en su petitorio, eso es bueno, es saludable, LA ÚNICA DIFERENCIA CON LA NUESTRA ES QUE NOSOTROS YA LO TENEMOS PARA SIEMPRE, así que regirá hasta que la Southern Perú se vaya de Toquepala, por ejemplo, esta cláusula es tan amplia que poniendo un ejemplo concreto tenemos que nosotros firmamos un convenio por 6 años y un aumento de 11%, los otros compañeros por resolución del ministerio (que según la resolución dice que es análogo a un convenio colectivo) obtuvieron un convenio de 3 años con un aumento de 11%, veamos bien la cosa compañeros, PODEMOS RESUMIR ASÍ: 6 AÑOS=11% DE AUMENTO vs 3 AÑOS=11% DE AUMENTO, preguntamos ¿acaso no es una mejora lo que paso allí? ¿Acaso no se debe aplicar nuestra “clausulita” en ese punto? ¿ACASO NO ES UNA MEJORA HABER RECIBIDO 11% EN 3 AÑOS DE VIGENCIA vs UN AUMENTO DE 11% EN 6 AÑOS DE VIGENCIA? Nosotros creemos que sí compañero, ahora, esa es una deuda que se viene generando desde hace tres años, en donde se incluye muchas cosas, REITERAMOS, ES NUESTRA POSICIÓN, PUEDEN HABER OTRAS POSICIONES y si son distintas entonces alguien las debe definir, ese alguien es un juez, en su momento llamaremos a asamblea para definir el rumbo de este punto, en un próximo comunicado estaremos definiendo claramente lo que nosotros hemos llamado el juicio por el 1.8%.

Como pueden ver compañero, la clausula 56 extensión de beneficios o clausula gatillo como la quieran llamar, ES UNA CLAUSULA QUE EN SÍNTESIS NOS ASEGURA GANAR SIEMPRE MAS O IGUAL PERO NUNCA MENOS QUE OTRAS ORGANIZACIONES, puede ser criticada, pero no dudamos que cumple con los objetivos para la cual fue creada, hasta allí por ahora.

ASCENSOS EN MINA, NUESTRAS PERCEPCIONES
Compañeros, hace unas semanas se anunció en la mina que se estarían realizando algunos ascensos de categorías a los trabajadores operadores de equipo pesado, SABEMOS QUE YA SE HAN CONCRETADO, Y QUE ALGUNOS DE NUESTROS COMPAÑEROS DE LA MINA HOY YA TIENEN LA CATEGORÍA “E” Y OTROS LA CATEGORÍA “C” DE EMPLEADOS, cabe mencionar también que ESTOS ASCENSOS SE SUMAN A LOS QUE SE HICIERAN HACE UNOS MESES ATRÁS TAMBIÉN EN LA MINA, en donde varios compañeros que tenían categoría de obreros fueron promovidos a categoría de empleados; NOSOTROS CONSIDERAMOS QUE MIENTRAS SE DEN MEJORES BENEFICIOS PARA LOS TRABAJADORES ES BUENO, así vemos estos ascensos, a nosotros nos gustaría que todos puedan ascender, podemos tener ciertas críticas a los criterios de evaluación para ser ascendido pero en concreto nosotros lo saludamos porque es un avance y hoy muchos de nuestros compañeros, no solo de nuestra Organización Sindical sino también de otras, gozan de mas categoría por ende mas ingreso económico, que en estas condiciones, es una de las causas fundamentales por las que los humanos trabajamos.

La otra cara de la moneda se ve en concentradora, allí no se han dado ascensos, NOSOTROS HEMOS CONVERSADO EN SU MOMENTO CON EL GERENTE DE LA CONCENTRADORA Y ÉL NOS MENCIONÓ QUE ESTABA PONIENDO TODO DE SU PARTE PARA QUE SE DIERAN LOS ASCENSOS, inclusive sabemos que lo ha mencionado en algunas charlas que se dan en la concentradora, nosotros queremos creer en lo que el gerente de Concentradora ha mencionado en su momento y queremos creer que en los próximos meses se entre a una etapa de ascensos en la Concentradora al igual que se está dando en la mina y ¿por qué decimos esto?, pues por lo siguiente: en el concentrador de Abril del 2010 se menciona que se ha entrado a una etapa de aceleración del proyecto de expansión de Toquepala que “…permitirá incrementar el índice de procesamiento de mineral en 67%, pasando de 60,000 a 100,000 toneladas métricas diarias…”, esto, menciona dicho documento de abril, también dice que se han adquirido equipos en la mina y que en concentradora se está en la etapa de “…ingeniería de detalle…” y los componentes de concentradora de acuerdo como van avanzando el proyecto irán llegando para “…entrar en producción en el mes de agosto del 2012…”, así mismo menciona dicho documento que están plenamente seguros que “…nuestro equipo de trabajo sabrá estar a la altura de este gran desafío…”, NOSOTROS TAMBIÉN SABEMOS QUE EL PERSONAL DE LA CONCENTRADORA ESTÁ Y ESTARÁ A LA ALTURA DE ESTE Y DE CUALQUIER OTRO PROYECTO, pero asumir esto es asumir que el personal es totalmente calificado para estas tareas, por ejemplo, EN ANTAMINA LOS TRABAJADORES DE LA CONCENTRADORA SON LOS QUE OSTENTAN LAS MÁS ALTAS CATEGORÍAS DE ESA MINERA, ¿por qué? Pues porque son personas calificadas (como los trabajadores de concentradora Toquepala) y esa es la retribución de la compañía a esos trabajadores, sabemos por ejemplo que EN CERRO VERDE LOS TRABAJADORES DE LA CONCENTRADORA TIENEN CATEGORÍA DE EMPLEADOS, no vamos a hablar de sueldos, sabemos nuestra realidad y la de ellos, pero NOSOTROS NOS VAMOS A CÓMO ESAS EMPRESAS, EN SUS ESCALAFONES, LOS CONSIDERAN A ESOS TRABAJADORES DE ESA CONCENTRADORA, pero ¿qué nos dicen acá?, el documento en mención señala que “…también es importante mencionar que este proyecto generara nuevas fuentes de trabajo para nuestros connacionales […] Del mismo modo el incremento de la producción de concentrados de cobre y Molibdeno generara mayor oportunidad de desarrollo para Tacna y la región sur por el incremento del canon minero, y para nuestro país por un mayor pago de impuesto a la renta…”, la pregunta clave es, ya pues, sabemos que todo esto generará y ¿Qué beneficio sacara en trabajador de concentradora? ¿Por qué no se menciona el beneficio para el trabajador de concentradora en ese documento?, o sea el trabajador de concentradora esta recontra calificado, hay confianza de la alta dirección de la Corporación hacia los trabajadores de concentradora, se aumentara en 67% el índice de procesamiento de mineral, se pasará de 60,000 a 100,000 toneladas métricas por día, se generará trabajo, se generará mayor canon minero, mayor impuesto a la renta, etc, etc, etc ¿y no se aumentara la categoría del trabajador de la Concentradora Toquepala?, algo anda mal allí, NOSOTROS CONSIDERAMOS QUE YA HA LLEGADO EL MOMENTO DE QUE EN CONCENTRADORA, DE MANERA CONCRETA, SE PASE DE LO ACCESORIO A LO PRINCIPAL QUE ES MEJORAR LAS CATEGORÍAS DE LOS TRABAJADORES, porque eso de las actividades de confraternidad en concentradora no es malo, nosotros no nos oponemos, al contrario lo saludamos, pero consideramos que no es lo principal, es accesorio, pero no medular, ACÁ LO MEDULAR ES QUE TODA ESA CONFIANZA QUE SE MENCIONA SE CONCRETE CON ASCENSOS A LOS TRABAJADORES, eso es principal, de no ser así, entonces estaremos pensando que lo que mencionó el Gerente de la Concentradora en el Concentrador del mes de Marzo, es decir, eso que los trabajadores en concentradora son “…uno de los activos más importantes…” , es decir, que consideran al trabajador al mismo nivel que un molino, una camioneta, una llave de tuerca, etc, es cierto. No lo creemos, ESPERAMOS QUE SE TOME ACCIÓN EN CONCENTRADORA Y SE REALICEN LOS ASCENSOS COMO EN OTRAS SECCIONES DE LA MISMA COMPAÑÍA.

¡EN DEFENSA DE NUESTROS CONVENIOS!

TOQUEPALA 22 DE ABRIL DEL 2010
LA JUNTA DIRECTIVA

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