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Toquepala, Tacna, Peru
(SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE OPERACIONES DE TOQUEPALA Y ANEXOS) SINDICATO DE RECIENTE CREACIÓN (NOV.2006), CONFORMADO POR TRABAJADORES DE OPERACIONES DE LA MINA DE TOQUEPALA, DE PROPIEDAD DEL GRUPO MEXICO. SUS PRINCIPIOS SE FUNDAN EN LA SOLIDARIDAD, JUSTICIA SOCIAL, TRABAJO DECENTE, DERECHOS SOCIALES Y ECONOMICOS, UNIDAD SINDICAL INTERNACIONAL, ALIANZA SOCIAL, ENTRE OTROS; Y SU LUCHA PERMANENTE AL LADO DEL PUEBLO.

viernes, 27 de agosto de 2010

Comunicado Nro 15 emitido en el Campamento Minero de Toquepala el 25 de Agosto del 2010


SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE OPERACIONES DE
TOQUEPALA Y ANEXOS
RECONOCIDO EL 09 DE NOVIEMBRE DEL 2006 POR DECRETO SUB DIRECTORIAL Nro. 273-2006-SDNC-TAC
COMUNICADO Nº 015/2010/SUTOTA

REUNION CON LA OIT

La junta directiva se dirige a todos sus afiliados y comunidad en general para manifestar lo siguiente:

Compañeros, el día lunes 16 del presente mes, nuestra Organización Sindical conjuntamente con el Sindicato de Empleados de Toquepala y Anexos (SETA) y Sindicatos de Ilo y Cuajone, así como representantes de nuestra Federación y de Marino Vani (Brasilero) de la Oficina Regional de FITIM para América latina y el Caribe, asistimos a una reunión en la OIT, allí nos entrevistamos con Eduardo Rodríguez Calderón (Mexicano) director de la ACTRAV - OIT para los países Andinos y Luis Fuertes (Español) Coordinador Técnico principal del proyecto FSAL - OIT, en esa reunión HEMOS EXPLICADO SOBRE LA VIOLACIÓN, POR PARTE DE SOUTHERN PERÚ, DE NUESTRO CONVENIO ESPECIAL POR 12 HORAS FIRMADO EN EL 2007, ASÍ MISMO SE HA DENUNCIADO EL ATENTADO CONTRA EL DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL PERPETRADO EL DÍA 03 DE AGOSTO POR PARTE DE SOUTHERN PERÚ GRUPO MÉXICO. En cuanto a lo primero hay que destacar varios puntos de vista que han vertido los compañeros de OIT, por ejemplo y luego de la exposición por parte de dirigentes y asesores de nuestro Sindicato, los miembros de OIT han afirmado que “…si bien es cierto que el Perú ha firmado el convenio Nro. 1 de OIT, en donde hay parámetros para la aplicación de las jornadas atípicas, si en el país existe una norma más beneficiosa para los trabajadores, entonces se aplica lo más beneficioso para los trabajadores…” han manifestado así mismo que “…es cierto que el tema de semana no está definido, pero hay elementos que pueden ayudar a definir…”, esto porque NUESTRA DEMANDA INCLUYE UN PROBLEMA LABORAL (vulneración de Convenio) Y UN PROBLEMA CONSTITUCIONAL (no se puede laborar más de 48 horas semanales) y es allí que es clave definir el tema de la semana, se explicó que nosotros consideramos que una semana no necesariamente es de lunes a domingo, sino que es la consecución de 7 días, así como un año no necesariamente es del 1ro de Enero al 31 de Diciembre sino la consecución de 365 días, inclusive nuestro convenio es de 6 años y no comienza el 1ro de enero, se explicó que la definición de semana que hace la patronal, a nosotros nos perjudica, pues nos hace trabajar 5 días consecutivos es decir 60 horas en 7 días de manera obligatoria y no se paga una sobretasa por ese 5to día de trabajo, todo esto en la parte constitucional, es por ello que los compañeros de OIT coincidieron en señalar que “…el problema es complicado…”, por su parte el compañero Marino Vani de FITIM, al ver parte de un rol de trabajo que se exponía, manifestó que según los roles “…las semanas ya no tienen siete días sino que han mutado a semanas de ocho días…”, esto porque ES ILÓGICO QUE EL DESCANSO PRECEDA A LA JORNADA, en otras palabras, si trabajo 5 días consecutivos y descanso 3 días la semana es de 8 días, simple observación, y es que las jornadas atípicas son eso, ATIPICAS, NO SON TIPICAS, pero acá en Southern se mezclan semanas típicas con jornadas atípicas, nosotros pactamos eso en su momento, pero la empresa lo ha vulnerado unilateralmente, allí está el asunto. En cuanto a la violación de convenio, señalaron que hay que “…hacer respetar el pacto Colectivo…” pues, “…sea una ley o una norma, hay que hacerlos respetar, y un Convenio Colectivo es una norma…” coincidieron con nosotros en definir que “…todo el problema parte de un cambio unilateral por parte de la patronal…” en síntesis, una VIOLACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO. En cuanto a lo segundo, la vulneración de la Libertad Sindical, se entregó copia de la denuncia presentada contra Southern Perú el día 03 de Agosto, en cuanto a los dos puntos generales tratados en esta reunión de poco más de tres horas, se han definido acciones concretas que por obvias razones no podemos verter en un Comunicado público, pero consideramos que estamos en el camino correcto dentro del proceso que demanda esta lucha, estar atentos a nuevas informaciones.

ACERCA DE MINEROS SEPULTADOS EN CHILE Y MÉXICO Y UN POCO DE SEGURIDAD

Compañeros, nosotros que trabajamos en Southern Perú Grupo México NO PODEMOS HABLAR DE NUESTROS HERMANOS MINEROS SEPULTADOS EN CHILE SIN HABLAR DE NUESTROS HERMANOS MINEROS SEPULTADOS EN MÉXICO, grandes diferencias entre ambos casos y quizá distintos desenlaces para ellos, hay que diferenciar los términos “nación” y “clases”, nosotros los trabajadores, los proletarios, pertenecemos a la misma clase social que los mineros de Chile, México y del mundo, pero pertenecemos a distintas naciones y en ambos casos no siempre existieron así como también no existirán para siempre, es por eso que corresponde que hoy nos solidaricemos con nuestros hermanos mineros de Chile así como antes nos solidarizamos con nuestros hermanos mineros de México. TENIENDO CLARO ESTO, NO ES DE EXTRAÑAR NUESTRA BREGA POR UN CONVENIO SUPRANACIONAL DE LOS TRABAJADORES DEL GRUPO MÉXICO EN SU CONJUNTO, ÚNICA MANERA DE CONSEGUIR LO QUE REALMENTE NOS MERECEMOS LOS TRABAJADORES DE GRUPO MÉXICO, QUIENES NO PUGNAN POR ELLO ES PORQUE NO TIENEN CLARO ESTAS COSAS Y LE HACEN EL JUEGO A LA PATRONAL O QUIZÁS LO TIENEN CLARO Y YA TOMARON POSICIÓN DE MANERA CONSCIENTE DEL LADO DE LA PATRONAL.

El accidente que mencionamos ocurrió el 19 de Febrero del año 2006, fueron sepultados 65 hermanos mineros en una mina de Carbón llamada Pasta de Conchos de propiedad de Grupo México (al igual que Southern Perú), Los mineros atrapados estaban aproximadamente a 490 m, dentro de un túnel horizontal de 1,6 km de largo. Grupo México hizo declaraciones expresando que los mineros estaban a unos 150 m bajo tierra. El 25 de febrero (6 días después del accidente), Grupo México confirmó durante una rueda de prensa que "no había posibilidad alguna de supervivencia tras la explosión de metano", basándose en un “informe científico”; El 26 de febrero (7 días después del accidente) el ministro de trabajo, Francisco Javier Salazar Sáenz y el gobernador Moreira anunciaron que la mina sería cerrada indefinidamente. Hoy LOS CUERPOS DE ESTOS MINEROS SIGUEN SEPULTADOS Y SUS FAMILIARES SIGUEN EXIGIENDO QUE SE RESCATE los cuerpos para poder sepultarlos, cabe señalar que de todos los accidentes ocurridos en minas de carbón a nivel mundial, es la primera vez que no se rescata los cuerpos de los sepultados.

Comparemos este caso con otros que han ocurrido en el mundo, inclusive en minas de carbón, por ejemplo en China, provincia de Shanxi, el 6 de abril de este año sorpresivamente se encontraron con vida 114 mineros del carbón que sobrevivieron 8 días y 8 noches bajo tierra, de un total de 153 hombres que quedaron atrapados por la inundación de la mina. Allí, autoridades y equipos de salvamento de la empresa no cejaron en su empeño por salvar a los trabajadores, hasta que se obtuvo este resultado, aunque siguieron en la búsqueda de los 39 restantes.

En Estados Unidos, en el yacimiento de carbón Upper Big Ranch, en West Virginia, de la empresa Massey Energy Co., sucedió una explosión el 5 de abril de 2010, en la que, a más de 335 metros de profundidad, murieron un total de 29 mineros, el peor accidente minero en este país en más de 40 años. Pero ahí, de inmediato, el presidente Barack Obama visitó dos veces la mina, y al lamentar estas muertes, exigió responsabilidades. El gobierno de EU presionó a los dueños de la mina Upper Big Ranch, y logró que se indemnizara a los familiares de los mineros muertos por una suma de 3 millones de dólares por familia.

Y por últimos tenemos el caso de Chile en donde luego de 17 días de estar sepultados los mineros a casi 700 metros de profundidad, se los encontró con vida y ahora se están haciendo los trabajo para poder sacarlos de las entrañas de la tierra. Nosotros trabajamos en una mina, no es subterránea, pero es una mina, con sus riesgos que eso implica, TRABAJAMOS EN UNA EMPRESA QUE ES LA MISMA QUE ES DUEÑA DE LA MINA PASTA DE CONCHOS EN DONDE SE DEJO SEPULTADOS A LOS MINEROS HASTA ESTOS MOMENTOS, comparamos con lo que se hizo en otras minas y es preocupante la diferencia, en china, en EEUU y en Chile, la empresa y el Gobierno siguieron en el rescate de los cuerpos, LOS DABAN POR MUERTOS, PERO QUERÍAN ENTREGAR A SUS FAMILIARES LOS RESTOS, en México no ha sido así, nosotros preguntamos, ¿CÓMO ACTUARIA LA PATRONAL DE DARSE UN CASO SIMILAR EN SOUTHERN PERÚ?.

Por otro lado, nos preocupa el tema de la seguridad en Southern Perú porque nos encontramos con que la patronal siempre al final de una investigación encuentra un error humano, es decir siempre es culpa del trabajador, NOSOTROS CONSIDERAMOS QUE LOS ACCIDENTES TIENE COMO RESPONSABLE A LAS EMPRESAS PUES SON ELLOS LOS QUE TIENEN LA OBLIGACIÓN DE BRINDARNOS UN AMBIENTE SEGURO EN EL TRABAJO, por ejemplo, cuando nos dicen esta frasecita “la seguridad es tu responsabilidad” hay letreros que en donde nos mencionan esto, nosotros preguntamos, ¿y dónde está la responsabilidad de la empresa?, otros letreros dicen, “la seguridad empieza por ti”, y ¿por qué no debe empezar por la empresa?, ELLOS SON DUEÑOS DE LOS MEDIOS DE PRODUCCIÓN, NO NOSOTROS, Y SI SON LOS DUEÑOS, ¿ACASO NO DEBEN ENTREGARLOS EN CONDICIONES SEGURAS?, el asunto está en que la empresa siempre en una investigación de accidentes tiene por delante el acto inseguro, NOSOTROS CONSIDERAMOS QUE SE DEBE PARTIR POR INVESTIGAR LA CONDICIÓN INSEGURA, allí se debe atacar, preguntamos a los trabajadores ¿tu ambiente de trabajo es seguro? Cada uno respóndase, pero ¿cómo vé la empresa esto?, si hay un ambiente inseguro y sucede un accidente, ¿Qué es lo que hacen en la investigación? Lo primero que hacen es averiguar si el trabajador reporto, sino, entonces es culpa del trabajador por no reportar, hasta allí trasladan la responsabilidad al trabajador.

Por otro lado, hay algunos conceptos errados, inclusive de trabajadores cuando mencionan lemas como que la seguridad y la productividad son compatibles, señores, en un sistema basado en la explotación del ser humano en beneficio de unos pocos, LA SEGURIDAD Y LA PRODUCTIVIDAD NO SON AFINES, quien piense que puede lograr compatibilizar seguridad y productividad se estrellará con la realidad, con la política de las empresas, soterradas, pero políticas. En próximos comunicado ampliaremos nuestras posiciones sobre seguridad, es posible desenmascarar fácilmente lo que se dice de lo que se hace en la empresa, demostraremos con ejemplos sencillos cómo el acto inseguro prima en las investigaciones de la empresa y plantearemos soluciones al respecto para que se realice reales investigaciones destinadas a eliminar las causas y no solo buscar culpables entre los trabajadores como es la actual política de la empresa en el campo de la investigación de accidentes.

¡EN DEFENSA DE NUESTROS CONVENIOS!
¡POR LA UNIDAD SINDICAL!

Toquepala 25 de Agosto del 2010
LA JUNTA DIRECTIVA

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