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Toquepala, Tacna, Peru
(SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE OPERACIONES DE TOQUEPALA Y ANEXOS) SINDICATO DE RECIENTE CREACIÓN (NOV.2006), CONFORMADO POR TRABAJADORES DE OPERACIONES DE LA MINA DE TOQUEPALA, DE PROPIEDAD DEL GRUPO MEXICO. SUS PRINCIPIOS SE FUNDAN EN LA SOLIDARIDAD, JUSTICIA SOCIAL, TRABAJO DECENTE, DERECHOS SOCIALES Y ECONOMICOS, UNIDAD SINDICAL INTERNACIONAL, ALIANZA SOCIAL, ENTRE OTROS; Y SU LUCHA PERMANENTE AL LADO DEL PUEBLO.

domingo, 27 de febrero de 2011

Comunicado emitido en Toquepala el dia Miercoles 23 de Febrero del 2011


SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE OPERACIONES DE
TOQUEPALA Y ANEXOS
RECONOCIDO EL 09 DE NOVIEMBRE DEL 2006 POR DECRETO SUB DIRECTORIAL Nro. 273-2006-SDNC-TAC
COMUNICADO Nº 003/2010/SUTOTA

SE REALIZÓ INSPECCIÓN

La junta directiva se dirige a todos sus afiliados y comunidad en general para manifestar lo siguiente:

Compañeros, el día jueves 17 de Febrero se realizó la inspección de Trabajo por parte del la Autoridad Administrativa de Trabajo de Tacna, la misma que había sido postergada sospechosamente en dos oportunidades, cabe mencionar que contamos con la participación de nuestro Asesor Legal Dr. Mario Sulca en esta diligencia, ESTA INSPECCIÓN DE TRABAJO FUE REALIZADA A PEDIDO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DADO QUE EL SUTOTA PRESENTÓ UN DENUNCIA EN LA COMISIÓN DE TRABAJO DEL CONGRESO y éste indicó a la Ministra de trabajo para que se realicen las inspecciones correspondientes, esta inspección es de Incumplimiento de Convenio Colectivo, específicamente de la Clausula 56 y sus implicancias en más de 19 puntos del Convenio Colectivo y entendemos de una importancia estratégica para el SUTOTA y sus afiliados.

Cabe mencionar que ésta inspección se debía realizar en dos días consecutivos es decir los días jueves 17 y viernes 18 pero entendemos que para ver lo que está tan claro no se necesita dos días y pensamos que así también lo ha entendido la Autoridad Administrativa de Trabajo que en su diligencia solo utilizó un día, nuestra percepción de la inspección es que LAS COSAS HAN QUEDADO CLARAS, NO HEMOS OÍDO ARGUMENTO JURÍDICO VALIDO POR PARTE DE LA PATRONAL POR TANTO SE HA CONFIRMADO NUESTRA SÓLIDA POSICIÓN RESPECTO AL ASUNTO. Ahora queda esperar la resolución que debe emitir la Autoridad Administrativa de Trabajo respecto a la inspección, paralelamente el SUTOTA estará presentando la denuncia respectiva a inicios del mes de Marzo.

Les recordamos a los compañeros que LAS CUOTAS POR CONCEPTO DE DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO DE CONVENIO COLECTIVO SE ESTÁN RECEPCIONANDO EN EL SINDICATO HASTA LAS 9:00 DE LA NOCHE, cabe recordar también que HABÍAMOS FIJADO COMO FECHA LIMITE EL DÍA VIERNES 25 DE FEBRERO O ANTES DE LA PRESENTACIÓN DE DEMANDA que será los primeros días de Marzo, hay que recordar también que se había acordado que ÉSTA DEMANDA VA CON NOMBRES DE LOS DEMANDANTES ES DECIR CON LOS QUE SE INSCRIBAN EN ELLA Y PAGUEN SU CUOTA.

TEMPORADA DE LLUVIAS, ¿RIGIDEZ O FLEXIBILIDAD?
Compañeros, el día 07 de Febrero un grupo de trabajadores que deberían ingresar en turno de amanecida no pudieron llegar a su trabajo, ¿las causas? Condiciones Climáticas, la lluvia había dañado las vías de acceso a Toquepala y por tanto los vehículos quedaron atascados y no pudieron llegar a tiempo, llegaron el día lunes por la mañana pues recién se pudo contar con los equipos para reparar la vía, ¿CUÁL FUE LA POSICIÓN DEL SUPERINTENDENTE DE OPERACIONES CONCENTRADORA SERGIO QUIÑONES? ¡PAPELETA….FALTA INJUSTIFICADA….! Es decir, sin entender las razones objetivas EL SUPERINTENDENTE PLANTEO UNA POSICIÓN TOTALMENTE RÍGIDA EN MOMENTOS EN QUE, ENTENDEMOS, DEBE IMPERAR LA FLEXIBILIDAD, actitud netamente castrense la de el Superintendente, sabemos también que los compañeros de Quebrada Honda que laboraban en Turno día no pudieron llegar a sus hogares a tiempo por las mismas razones por la que los compañeros de Concentradora no pudieron llegar a tiempo a sus labores, preguntamos, ¿se les pagó sobretiempo a estos compañeros de Quebrada Honda? ¿Fueron rígidos en eso?, entonces, creemos, que QUIÑONES NO DEBE APUNTAR SUS CAÑONES CONTRA LOS TRABAJADORES, SINO CONTRA SUS POSICIONES TOTALMENTE RÍGIDAS-CASTRENSES, ser realmente un SUPERintendente, dar ejemplo, hay momentos en que hay que ser rígido y hay momentos en que hay que ser flexible, si quiñones no sabe actuar con posiciones distintas en circunstancias distintas, entonces, pensamos, que en términos generales no tiene criterio.

Queremos aclarar también que EL PROBLEMA SE HA SOLUCIONADO EN REUNIÓN ENTRE EL SINDICATO Y LA REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA que obviamente, en este caso, no ha sido con El SUPERintendente Quiñones, nosotros pensamos que HAY MUCHAS COSAS QUE SE PUEDEN SOLUCIONAR DIRECTAMENTE CON LOS INVOLUCRADOS EN LA PRODUCCIÓN, pero con tipos de pensamiento Rigido-castrence es muy difícil, no entienden razones, ven al trabajador como su enemigo, siempre apuntando sus cañones en contra de éste, dando latigazos al trabajador, con tipos como esos no caben razones y por allí hay varios de esos, creen que porque tienen un casco blanco sus pensamientos son puros, inmaculados, creen que porque tienen un puesto que no es el de obrero tienen un poder celestial, divino y sus posiciones son siempre correctas, VIVEN DENTRO DE UNA BURBUJA QUE LOS TRABAJADORES PODEMOS PINCHAR Y REVENTARLA FÁCILMENTE, en eso trabajamos.

ACERCA DE “BUENOS GESTOS” DE LA PATRONAL Y COMO NOS INDICAN SU MANERA DE PROCEDER HOY Y EN EL FUTURO
Compañeros, hace unos días el Sindicato recibió una carta firmada por el gerente de Relaciones laborales Dr. Manuel Ramírez Mimbela en donde nos da a conocer que “…la Empresa de manera voluntaria ha decidido poner en vigencia a favor de los trabajadores…” afiliados al SUTOTA algunos beneficios que han conseguido los Sindicatos que últimamente han terminado su negociación Colectiva, estos beneficios son PRESTACIÓN MEDICA PARA MADRES VIUDAS Y PRESTACIONES MEDICAS (LATENCIA) PARA EX-TRABAJADORES RETIRADOS PARA ACOGERSE A LA JUBILACIÓN, cabe aclarar que en cuanto al primer punto el beneficio es para las madres viudas que reciban una pensión de supervivencia menor al mínimo vital (600 nuevos soles mensuales) y en el caso del segundo beneficio se amplia de 6 a 12 meses la atención medica, además señalamos que en ambos casos es solo atención en capa simple es decir consulta médica, por otro lado en la carta menciona que éste beneficio solo se mantendrá “…hasta la culminación de la actual convención Colectiva…” del SUTOTA, es decir hasta Diciembre del 2012, acá no vamos a decir que no queremos estos beneficios por poco impacto que ellos representen, no, nosotros los RECIBIMOS (no estamos de acuerdo en la forma y el fondo) PERO A LA VEZ HACEMOS EL ANÁLISIS de la carta citada, veamos lo que dicen entre líneas para sacar a la luz la manera de pensar de la empresa y exponerla a los trabajadores, por ejemplo, en la carta vemos que la empresa se preocupa de que quede bien claro que ésta extensión de beneficios es “…voluntaria…” es decir no aceptan la obligatoriedad de cumplir con la Clausula 56 que es de cumplimiento obligatorio, valga la redundancia, pues es parte de un Convenio, Convenio que ellos firmaron sin presión alguna, sin que le pusieran una pistola en la cabeza y, entendemos, con sus cinco sentidos en buen estado, en otras palabras, cual dioses con sus súbditos, la Empresa usa su voluntad para dar y para quitar, para cumplir y para incumplir, hacen lo que les da la gana, preguntamos ¿QUÉ NOS GARANTIZA QUE USEN NUEVAMENTE SU “OMNIPOTENTE” VOLUNTAD PARA INCUMPLIR OTROS CONVENIOS RECIENTEMENTE FIRMADOS O LOS QUE FIRMAREMOS EN EL FUTURO?, eso los trabajadores deben analizarlo a la luz de los acontecimientos actuales. Por otro lado, ésta “buena voluntad” de la empresa tiene un límite, en la mencionada carta se empeñan también en dejar en claro que regirá hasta “…la culminación de la actual convención colectiva…”, del SUTOTA, allí está lo que más nos interesa para ilustrar a los trabajadores, principalmente a los afiliados al SUTOTA, pues los trabajadores debemos analizarlo así: SI ESTOS DOS BENEFICIOS QUE NO TIENEN UN GRAN IMPACTO, LA EMPRESA PIENSA RETIRARLOS EN DICIEMBRE DEL 2012, CON MUCHA MÁS RAZÓN QUERRÁ LA EMPRESA ELIMINAR LA CLAUSULA 56 DE NUESTRO CONVENIO EN DICIEMBRE DEL 2012, eso debemos ver, por eso se plantea un Juicio que calculamos, con la nueva ley procesal de trabajo, que es más rápida, debe estar concluyendo durante la Negociación Colectiva 2012. Por último, al final de la carta el Gerente dice lo siguiente: “…ésta decisión constituye una muestra más de las buenas intenciones de la Empresa y su interés de mantener un buen nivel de trato hacia su personal…”, luego de lo analizado preguntamos ¿ustedes creen que “…es una muestra más de las buenas intenciones de la Empresa…”?, para nosotros es una “…muestra más…”, pero de que la empresa planea desconocer nuestra Clausula 56 que es la medula de nuestro Convenio y eso no es tener “…buenas intenciones…” hacia los trabajadores, de lo contrario Cumplirían con sus compromisos pactados y no estarían a estas alturas con falsas interpretaciones.

En síntesis podemos decir que de la Carta enviada por la empresa se desprende lo siguiente: .- Que la empresa quiere dejar bien en claro que si hace alguna extensión de beneficios es de manera voluntaria y no obligatoria. .- que para la empresa no sirven los Convenios con cualquier institución pues los incumple según su voluntad. .- que la empresa querrá cercenar de nuestro Convenio la Clausula 56 el año 2012. 4º.- que la empresa se está preparando para el juicio pues con documentos quiere dejar sentado sus “…buenas intenciones…” para con los trabajadores. Ante esto nosotros HACEMOS UN LLAMADO A LOS AFILIADOS DEL SUTOTA A QUE SE SUMEN AL JUICIO CONTRA LA PATRONAL pues es evidente la intención de Southern Perú de incumplir Convenios, así mismo hacemos un llamado a PREPARARSE DESDE YA PARA ACCIONES MÁS CONTUNDENTES EN LA PRÓXIMA NEGOCIACIÓN COLECTIVA en aras de hacer respetar lo pactado.

¡POR LA UNIDAD SINDICAL!
¡EN DEFENSA DE NUESTROS CONVENIOS!

Toquepala 23 de Febrero del 2011
LA JUNTA DIRECTIVA

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